Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 15010-090-08

N° Receptoría:

Fecha: 2009-04-13

Carátula: ERREA FERNANDO LIONEL / GALENO ARGENTINA SA S/ INCIDENTE DE RECUSACION

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:15010-090-08

Tomo: 2

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

2

En la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, a los 7 días del mes de ABRIL de dos mil nueve reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL Y DE MINERIA de la IIIa. Circunscripción Judicial; dres. Luis M. Escardó, Horacio Carlos Osorio y Carlos María Salaberry, luego de haberse impuesto individualmente de esta causa caratulada: "ERREA FERNANDO LIONEL C/GALENO ARGENTINA SA (MEDIDA NO INNOVAR) S/INCIDENTE DE RECUSACION", expte. nro. 15010-090-08 (Reg. Cám.), y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-, los sres. Jueces emitieron su voto en el orden establecido en el sorteo practicado a fs.27vta., respecto de la siguiente cuestión a resolver: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?.

- - -A la cuestión planteada el dr. Escardó dijo:

- - - Atento a que el prejuzgamiento invocado por la recusante sólo puede establecerse con relación a las cuestiones que constituirán el objeto del juicio principal (demanda), solicito como medida para mejor proveer la remisión ad effectum videndi et probandi del expediente principal.

- - -A la misma cuestión el dr. Osorio dijo: Por razones análogas a las expresadas en su voto por el dr. Escardó, voto en el mismo sentido.

- - -A igual cuestión el dr. Salaberry dijo: Atento la coincidencia de criterios de los sres. vocales preopinantes, me abstengo de emitir opinión (art. 271 CPCC).

- - -Por ello la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL

- - -RESUELVE: I) REQUERIR la remisión del expediente principal; a cuyo fin: ofíciese.

- - -II) NOTIFICAR lo aquí resuelto, disponiendo su registro y protocolización.

LUIS MARIA ESCARDO HORACIO CARLOS OSORIO CARLOS MARIA SALABERRY

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

ANTE MI:

ANGELA ALBA POSSE

Secretaria de cámara

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Poder Judicial de Río Negro