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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33043III
Fecha: 2005-10-13
Carátula: LORENZO Ramiro E. en: VERDECCHIA G. y O. s/suc. S/ Legítimo Abono
Descripción: Regulación
//neral Roca, 13 de OCTUBRE de 2005.-
Al punto I, agréguese.-
Al punto II, regulo los honorarios del Dr. Alberto R. Aparicio en la suma de $ 400.- de la Dra. Norma Mabel Bustamante en la suma de $ 500.- del Dr. Diego De Vergilio en $ 500.- y del Dr. Juan I. Scianca en $ 200.- a cargo de la Sra Basauri de Verdecchia. (M.B. $60.558,37 arts.6, 6bis, 7 y 33 ley 2212.-).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Al punto III, Atento a que las costas se han impuesto a la parte actora, aclare lo que peticiona y se proveerá.-
Previo a ordenar el oficio solicitado, vista a Rentas.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro