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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38164
Fecha: 2009-04-08
Carátula: BAHAMONDES Juan Jose c/PROVINCIA RIO NEGRO y otro S/ Ordinario
Descripción: se fija anticipo para gastos.-
//neral Roca, 08 de Abril de 2009.-
Proveyendo el escrito de fs.232, agréguese.-
Proveyendo el escrito de fs.233, téngase presente lo manifestado y líbrense nuevos oficios a Estudio Tejada, Moño Azul, Farmacia Del Valle, Municipalidad de Villa Regina, Hospital de Villa Regina, Secretaria de Trabajo de Villa Regina, Escribanía Moreira, los que deberán ser contestados directamente al Tribunal en el plazo de DIEZ DIAS, todo ello bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del CPC el que deberá ser transcripto.-
Proveyendo el escrito de fs.234, téngase por aceptado el cargo conferido en autos por la perito psicóloga LORENA BEATRIZ YABLONSKI.-
Fíjase la suma de $ 300 en concepto de anticipo para gastos la que deberá ser depositada dentro del plazo de CINCO DIAS todo ello bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 463 del CPC.-NOT.-
Suspéndase el plazo de presentación del dictamen pericial hasta tanto se encuentre a disposición de la perito el anticipo para gastos fijados precedentemente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro