Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00198-021-06

N° Receptoría:

Fecha: 2009-04-07

Carátula: TORTORELLI SILVIA / PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Descripción: AUDIENCIA ART. 361(rechazada la cuestión de puro derecho

Expediente Nro.00198-021-06

San Carlos de Bariloche, 7 de abril de 2009

Atento a lo solicitado y al estado de la causa, fíjase audiencia en los términos del art. 361 del CPCC., para el día 5 de Mayo a la hora 11,30 haciendo saber a las partes que deberán comparecer a la misma en forma personal, bajo apercibimiento, en caso de ausencia injustificada de aplicárseles una multa de $500 con destino al servicio de informática y de tener por reconocidos los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contraparte; como asimismo quedarán notificados en ese acto de todas las resoluciones que allí se dicte. todo ello, a excepción de lo previsto por el art. 362 del C.P.C.C.

Se hace saber a las partes que las pruebas que no deban ofrecerse con la demanda o con su contestación, deberán ser ofrecidas hasta 5 días antes de llevarse a cabo la audiencia fijada precedentemente. NOTIFIQUESE.-

LUIS MARIA ESCARDO

Presidente de Cámara

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro