Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38966

N° Receptoría:

Fecha: 2009-04-07

Carátula: VAZQUEZ CURINAO Manuel S/ Sucesión

Descripción: DECLARATORIA

//neral Roca, 07 de ABRIL de 2009.=

VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "VAZQUEZ CURINAO Manuel S/SUCESION" (Expte. Nro. 38.966-III-08).-

CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Manuel Vazquez Curinao ocurrido el 24 de enero de 1998 en General Roca, (Río Negro), certificado a fs.2.

El causante se encontraba unido en matrimonio con Haydeé Jara, por acto celebrado el 23 de diciembre de 1969 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 3.-

De dicha unión nacieron:

Víctor Arturo: el 27 de septiembre de 1959 en General Roca (RN), certificado a fs. 4.-

Sonia Haydeé: el 11 de marzo de 1961 en General Roca (RN), certificado a fs. 5.-

Mariet Lilian: el 19 de noviembre de 1962 en General Roca (RN), certificado a fs. 6.

Silvia Graciela: el 26 de octubre de 1964 en General Roca (RN), certificado a fs. 7.

A fs. 9 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-

A fs. 26 y 31 obran oficios al Registro de Testamento y de Juicios Universales con lo que se acredita que a nombre del causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-

A fs. 18/20 y 22/4 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-

Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565 y 3570 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,

RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de MANUEL VAZQUEZ CURINAO, le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos VICTOR ARTURO, SONIA HAYDEE, MARIET LILIAN y SILVIA GRACIELA de apellido VAZQUEZ y JARA, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponde a la cónyuge supérstite HAYDEE JARA sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere.

NOTIFIQUESE y REGISTRESE.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro