Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38266

N° Receptoría:

Fecha: 2009-04-07

Carátula: PIGNATA Juan Carlos c/VILLANUEVA Adrián S/ Rendicion de Cuentas

Descripción: Regulación

//neral Roca, 07 de ABRIL de 2009.=

Téngase presente la ratificación de gestión efectuada por el Sr. Juan Carlos Pignata y por cumplimentado con lo ordenado a fs. 143.

Homológase con fuerza de sentencia el acuerdo suscripto por las partes a fs. 129/131. NOT.

Téngase presente los honorarios pactados respecto a los Dres. Roberto Joison y María Laura Joison.

Regulo los honorarios de la Dra. Bárbara Sánchez Pulgar en la suma de $ 2.560.- Dr. Luis Ancalao Pulgar en $ 2.560.- y Dr. Rodrigo Romera Bueno en $ 2560.- (M.B. $ 110.000.- arts. 6, 7 y 19 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Al punto II del escrito de fs. 144, téngase presente la denuncia de pago efectuada.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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