Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38953

N° Receptoría:

Fecha: 2009-04-03

Carátula: EQUIZA Gregoria S/ Sucesión

Descripción: se ordena oficio

General Roca, 3 de abril de 2009.-

Habiéndose librado el oficio acompañado en estos autos, no corresponde proveerlo en los autos: BOLTHAUSER CARLOS S/SUCESION) como menciona el presentante.-

No siendo el cedente un heredero en ninguna de los dos sucesiones, no corresponde librar oficio al R.P.I., debiendo realizarse por escritura pública tal como lo dispone el art. 1184 inc. 6 del C.C..-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro