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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0573/2008
Fecha: 2009-04-01
Carátula: OJEDA CARLOS EDUARDO ORFILIO C/ OJEDA ANGEL FABIAN Y OTROS S/ IMPUGNACION DE PATERNIDAD - FILIACION
Descripción: OFICIO AL CORACH PARA REMITIR MUESTRAS
PODER JUDICIAL
PROVINCIA DE RIO NEGRO
Viedma, abril de 2.009.-
Al sr. Representante Técnico del
Servicio de Huellas Digitales Genéticas
Dr. Daniel Corach
Facultad de Farmacia y Bioquímica
de la Universidad de Buenos Aires
Junín n° 956 7mo piso - CAPITAL FEDERAL
OFICIO N° ________/09.-
Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en autos caratulados: ¨OJEDA CARLOS EDUARDO ORFILIO C/ OJEDA ANGEL FABIAN Y OTROS S/ IMPUGNACION DE PATERNIDAD - FILIACION¨ (Expte. Nº 0573/2008), que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a mi cargo, Secretaría Unica, a cargo de la Dra. Ana Carolina Scoccia, sito en Laprida n° 292 de Viedma, capital de la Provincia de Río Negro, a efectos de solicitarle fije audiencia para la extracción de muestras sanguíneas a los sres. Angela Muniagurria, L.C. nº 6.131.737, domiciliada en Los Patos nº 1958 de Capital Federal y Manuel Muniagurria, D.N.I. nº 4.226.300, domiciliado en Blanco Escalada nº 2319, de Lanus Este, Buenos Aires. Además, remito por este medio las muestras sanguíneas correspondientes al sr. Carlos Eduardo Orfilio Ojeda, D.N.I. nº 21.618.082, a los fines de la realización del respectivo estudio de Histocompatibilidad Inmunogenético y A.D.N., las que fueron extraídas por el Cuerpo Médico Forense dependiente de este Poder Judicial el día 26/02/2009. Asimismo se informa que la realización de dicho estudio es en el marco del convenio suscripto por ese Servicio de Huellas Digitales Genéticas con el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.-
El auto que ordena el presente en su parte pertinente dice: Viedma, marzo 25 de 2.009.- ... Atento lo informado por el Cuerpo Médico Forense, teniendo en cuenta las razones expuestas y constancias acompañadas a fs. 73/74 y en atención a las características de la prueba a producirse, hágase lugar a lo solicitado, en su mérito, líbrese oficio al Servicio de Huellas Digitales Genéticas a los fines de solicitarle fije audiencia para la extracción de muestras sanguíneas a los sres. Angela Muniagurria y Manuel Muniagurria. Asimismo, remítase una copia de la muestra que fuera efectuada al sr. Carlos Eduardo Orfilio Ojeda (DNI n° 21.618.082), todo ello a los fines de la realización del respectivo estudio de Histocompatibilidad Inmunogenético y A.D.N. dispuesto en estas actuaciones.- Fdo.: Dra. Rosana Calvetti - Juez.-
Se deja constancia que la parte actora tramita la presente causa con Beneficio de Litigar sin Gastos provisorio.-
Sin otro particular, saludamos a Ud. muy atentamente.-
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Poder Judicial de Río Negro