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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0821/2007
Fecha: 2009-03-31
Carátula: CAO CARLOS ALFREDO Y CHAGA CHALELA ELENA S/ DIVORCIO VINCULAR S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: LLAM.AUTOS PARA RESOLVER (INTERLOCUTORIA)
EXPTE. Nº 0821/2007
CARATULA: CAO CARLOS ALFREDO Y CHAGA CHALELA ELENA S/ DIVORCIO VINCULAR S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Viedma, marzo de 2.009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
Por contestado el traslado conferido a fs. 27.-
Atento el estado de los presentes obrados, llámase autos para resolver.-
A lo peticionado en el punto 3), estése a la etapa procesal oportuna.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro