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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34139III
Fecha: 2009-03-31
Carátula: CREDIL S.R.L. c/VENTURA Vargas Pedro S/ Ejecutivo
Descripción: regulacion x acrecidos.Vista a Rentas.-
//neral Roca, 31 de Marzo de 2009.-
Téngase presente y hágase saber el dictamen del Apoderado de Caja Forense.-
Regulo los honorarios profesionales por acrecidos de la Dra. MARCELA ADRIANA SAITTA por la suma de $120.-..-MB: $ 1.667,32 extracciones realizadas en autos.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a tráves de aquélla. (arts. 6, 6 bis, 7, 8 y 40 Ley 2212 RN).-
Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Cúmplase con la VISTA A RENTAS ordenada a fs. 152.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro