Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39362

N° Receptoría:

Fecha: 2009-03-31

Carátula: COSTANZO José Juan c/CANDIA Marco Javier s/Sucesión S/ Ejecución de Alquileres

Descripción: previo//VTA. DESPACHO para hacer cédula

General Roca, 31 de marzo de 2009.-S

Por presentado, parte y con domicilio.-

Informando el Actuario que por ante este Juzgado tramitan los autos CANDIA MARCOS JAVIER S/SUCESION (38.334-III-08), se encuentra retirado por el estudio de la Dra. Stella Maris Bittner, intímesela para que en el primer día posterior al de la presente, haga efectiva la devolución de los autos detallados precedentemente los que fueran entregados en préstamo por el término de 72 hs. y cuyo plazo de reintegro se encuentra ampliamente vencido, bajo apercibimiento de hacerse efectivas las sanciones previstas por el art. 128 del C.P.C. y acordada 47/73 del STJ. Notifíquese.

Devuelto que sea el expte. certifique el Actuario por Secretaría los herederos de Marcos Javier Candia y sus domicilios. -

Deposítese en Caja Fuerte la documentación de fs. 7/11.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

NOTA: De haberse depositado. CONSTE.-

JOSÉ A. VILLACORTA

Jefe de Despacho

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