Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0457/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2009-03-30

Carátula: RAMALLO DIONILDA S/ SUCESION

Descripción: AVOCAMIENTO-ACOMPAÑAR PARTIDAS-CITAR HEREDERO

EXPTE. Nº : 0457/2008.-

CARATULA: "RAMALLO DIONILDA S/ SUCESION".-

VIEDMA, marzo de 2009.-

Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Procédase a la devolución de la partida de nacimiento de Martín Ezequiel Ramallo por ser copia simple, debiéndose acompañar original o copia debidamente certificada.-

Hágase saber a los comparecientes que deberán acreditar la legitimación que invocan, debiendo en su caso, acompañar la partida de nacimiento de la causante.-

Sin perjuicio de ello y conforme lo manifestado a fs. 14 y vta., en los términos del art. 699 inc. 1) del C.Pr., notifíquese por cédula al presunto heredero Faustino Ramallo.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

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