Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0307/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2009-03-30

Carátula: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ GENTILE CARLOS JOSE S/ APREMIO

Descripción: AVOCAMIENTO-EMBARGO AUTOMOTOR

EXPTE. No 0307/2006

CARATULA: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ GENTILE CARLOS JOSE S/ APREMIO.-

Viedma, marzo de 2.009.-

Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-

Tiénese al compareciente por parte en el carácter invocado y por constituído domicilio.-

Atento lo peticionado y el estado de las presentes actuaciones, trábese embargo sobre el automotor dominio EJZ838, hasta cubrir la suma de $ 6.647 en concepto de capital de sentencia, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 3.500 que se presupuesta provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio, siempre y cuando se encuentre inscripto a nombre del demandado, CARLOS JOSE GENTILE. A tal fin, líbrese oficio al Registro de la Propiedad del Automotor, Delegación San Antonio Oeste, haciendo constar en el mismo las personas facultadas para su diligenciamiento.-

En su mérito levántase el embargo decretado a fs. 32, a cuyo fin líbrese oficio al Banco de la Nación Argentina.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

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