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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32397III
Fecha: 2009-03-30
Carátula: BANCO BANSUD S.A. c/ESPINOZA CERDA Walter A. S/ Ejecutivo
Descripción: regulación//hacer cheque
General Roca, 30 de marzo de 2009.-
Al punto I: Del nuevo domicilio constituido, traslado. Not.-
Al punto II: Téngase presente lo manifestado y por acrecidos, regulo los honorarios del Dr. Fabrizio Bertolino en la suma de $ 250.- (M.B. $ 4.544,76 correspondientes a los informes bancarios de fs. 60/2, 75, 83, 87/8 ingresados hasta finalizada su gestion fs. 104).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869. Notifíquese.-
Líbrese cheque a la orden de Fabrizio Bertolino por la suma de $ 955,77 en concepto en concepto de liquidación de fs. 78 y aprobada a fs. 81.-
Al punto IV y V: A lo solicitado no ha lugar por no corresponder.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En.......... se libro cheque N°............ CONSTE.-
En........... retiró cheque CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro