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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0551/2008
Fecha: 2009-03-27
Carátula: BREGANTE MIRTA ARGENTINA C/ BREGANTE ORLANDO EUSEBIO Y OTROS S/ EJECUCION DE ACUERDO
Descripción: INCIDENTE DE NULIDAD de notificación
EXPTE. Nº 0551/2008
CARATULA: BREGANTE MIRTA ARGENTINA C/ BREGANTE ORLANDO EUSEBIO Y OTROS S/ EJECUCION DE ACUERDO
Viedma, marzo de 2.009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
Proveyendo a fs. 57:
Agréguese y estése a lo que a continuación se provee.-
Al escrito de fs. 61/67:
Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 10 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del C.Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
Agréguese la documental acompañada.-
Por iniciado trámite de nulidad de notificación de conformidad con lo dispuesto por el art. 149 del C.Pr., que tramitará por incidente conforme las disposiciones establecidas en los arts. 175 y cc del C.Pr.. Córrase traslado a la parte actora por el término de 5 días. Notifíquese por cédula en los términos, dentro del plazo y bajo el apercibimiento dispuestos en el art. 180 del cód. cit.-
A lo demás requerido oportunamente si correspondiere.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro