Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0122/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-03-26

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LEDESMA CARLOS Y OTRO S/ DESALOJO

Descripción: INICIA DESALOJO LA PROVINCIA (ART. 5TO. LEY 2.629)

EXPTE. Nº : 0122/2009.-

CARATULA: "PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LEDESMA CARLOS Y OTRO S/ DESALOJO".-

Viedma, marzo de 2009.-

Por presentado, parte en el carácter que invoca y por constituído el domicilio. Agréguese el expediente administrativo acompañado.-

Por promovida demanda de desalojo, córrase traslado a los demandados por el término de cinco (5) días para que dentro de dicho plazo produzca su descargo (art. 5to. Ley 2.629). Notifíquese por cédula en el domicilio del inmueble en cuestión, quedando el Sr. Oficial de Justicia interviniente facultado para requerir el auxilio de la fuerza pública y allanar domicilio, debiendo identificar a todos los ocupantes del inmueble e informar el carácter que invoquen los mismos, comunicándoles que la resolución que se dicte producirá efecto contra ellos. Tiénese presente las personas facultadas para su diligenciamiento.-

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro