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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0073/2009
Fecha: 2009-03-26
Carátula: ANTON JOSE FRANCISCO DE JAVIER C/ IGUACEL ADRIANA MABEL S/ EJECUTIVO
Descripción: NULIDAD NOTIFICACIÓN MONITORIAS
EXPTE Nº 0073/2009
CARATULA: ANTON JOSE FRANCISCO DE JAVIER C/ IGUACEL ADRIANA MABEL S/ EJECUTIVO
Viedma, marzo de 2.009.-
Agréguese la cédula recibida.-
Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta que conforme surge de la cédula que se agrega no ha sido diligenciada en el domicilio real de la demandada y no han sido adjuntadas a la misma las copias pertinentes, y toda vez que la resolución de fs. 8/9 debe notificarse con arreglo a las disposiciones del art. 490 del C.Pr., ello a los fines que la citada pueda ejercer en debida forma su defensa, de conformidad con lo establecido en el art. 149 del C.Pr. corresponde decretar la nulidad de la notificación, debiendo denunciar el domicilio real de la ejecutada (art. 330 inc. 2º del C.Pr.) a los fines de practicarse una nueva en debida forma.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro