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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 31583III
Fecha: 2005-10-12
Carátula: ZUBIETA Graciela A. C/DEL VALLE Rafael C. S/ Divorcio
Descripción: regulacion
//neral Roca, 12 de OCTUBRE de 2005._
Por la etapa de ejecución, regulo los honorarios del Dr. Carlos Calarco en la suma de $65.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.
Agréguese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro