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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36785
Fecha: 2005-05-26
Carátula: SECRETARIA Estado de TRABAJO c/ BALLADA S.A.I.C. S/ Ejecutivo
Descripción: Trance
//neral Roca, 26 de MAYO de 2005.-
AUTOS Y VISTOS: No habiendo el accionado opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido según informa la actuaria en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar.-
Por ello, con lo pedido y lo dispuesto por el art. 531 del CPC,
FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución, hasta tanto el ejecutado: BALLADA S.A.C.I. -------------
haga al acreedor SECRETARIA DE ETADO DE TRABAJO ----------------------, íntegro pago del capital reclamado de $3.240.- más los intereses, costos y costas de la ejecución (art. 8 y 551 CPC), regulando los honorarios de la Dra. Karina Sara Sabbag en $ 117.- y del Dr. Diego H. Suárez en $ 292.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, 7 y 40 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.- Regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro