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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 15014-090-08
Fecha: 2009-03-23
Carátula: BOCANEGRA DANIEL ANDRES / MAPFRE ACONCAGUA SEGUROS S/ SUMARIO
Descripción: dejar nota de embargo - oficiar comunic. al Juzgado.
Expediente Nro.15014-090-08
San Carlos de Bariloche, 20 de marzo de 2009
Atento a lo solicitado, déjese nota de ampliacipon de embargo preventivo como se señal precedentemente. Ofíciese al Juzgado Civil nro. 3 comunicando el cumplimiento de la medida.-
LUIS MARIA ESCARDO
Presidente de Cámara
Nota: De acuerdo a lo dispuesto en autos "SOLCOFF EDGARDO H. C/ GERMANO, SILVIO Y OTRA (CUM. DE CONTRATO) S/ MEDIDA CAUTELAR", nro.: 28907-09, se deja nota de ampliación del embargo preventivo decretado en los autos nro. 28620-08 sobre los honorarios que tuviere que percibir el Dr. Edgardo Solcoff en los presentes autos "BOCANEGRA C/ MAPFRE ACONCAGUA SEGUROS S/ SUMARIO", nro. 1161-206-02, por las sumas de $ 1.417,50 en concepto de capital por honorarios, con más la de $ 1.208 que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas. El presente está ordenado por el Sr. Juez a cargo del Juzgado Civil nro. 3, Dr. Carlos Cuellar. CONSTE. SECRETARIA, de marzo de 2009.
En /309 se ofició.Conste.
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Poder Judicial de Río Negro