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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33853III
Fecha: 2005-05-26
Carátula: LETORNEAU Mariana c/NIELSEN Bernardo S/ Homologación
Descripción: Ordena embargo
//neral Roca, 26 de MAYO de 2005.-
Proveyendo el escrito de fs.20, concédese el préstamo soliciado por el término de tres días.-
Proveyendo el escrito de fs. 21, téngase presente y trábese embargo sobre los sueldos del demandado a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio a la empleadora ECA S.A. a fin de que haga efectivo el mismo suma de $110.- por mes en concepto de cuota alimentaria con más la que corresponda mensualmente por salario familiar y escolaridad por su hija menor FLORENCIA NADIA NIELSEN. Los fondos deberán ser depositados en la cuenta de autos del Banco Patagonia Sudameris Sa, sucursal local, y a la orden del Tribunal.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro