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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0668/2007
Fecha: 2009-03-20
Carátula: OLIVER PABLO ESTEBAN C/ MIRANDA EDUARDO VICENTE Y OTROS S/ SUMARISIMO
Descripción: CEDULA SECRETARIA
C E D U L A
Señor: SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA - Dr. Fernández Eguía
Domicilio: 7 DE MARZO Nº 535 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "OLIVER PABLO ESTEBAN C/ MIRANDA EDUARDO VICENTE Y OTROS S/ SUMARISIMO ", Expte. Nº 0668/2007, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, marzo 17 de 2.009.-Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-A los escritos de fs. 48 y 49:Por constituido nuevo domicilio. Notifíquese.-Atento lo peticionado y existiendo hechos controvertidos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase la presente causa a prueba. En consecuencia, a los fines previstos en el art. 361 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 23 de junio de 2009 a las 10,30 horas, a la que deberán comparecer las partes personalmente, munidas de sus documentos de identidad, con asistencia letrada, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 362 del C.Pr..-Notifíquese por Secretaría.-Fdo. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de marzo de 2009.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro