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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0178/2008
Fecha: 2009-03-19
Carátula: ROBLEDO GUILLERMO CRUZ C/ GALLEGO AMADEO RUBEN S/ PROCESO DE ESTRUCTURA MONITORIA - CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Descripción: aprueba liq-HONOR.
EXPTE. N° 0178/2008
CARATULA: ROBLEDO GUILLERMO CRUZ C/ GALLEGO AMADEO RUBEN S/ PROCESO DE ESTRUCTURA MONITORIA - CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Viedma, marzo de 2009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
Agréguese.-
Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 27 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho en la suma de $ 9.103 en concepto de capital, adecuada que fuera al peso promedio del ternero (85 kg., valor kg. $ 3,57 -fs. 25-), al 07/10/08.-
En su mérito regúlanse los honorarios del Dr. Jorge Daniel Palma en la suma de $ 751, coef. 11 % reduc. un 25 %, M.B. $ 9.103 (arts. 8, 41, 48 y 50 ley G 2212). Notifíquese y dése cumplimiento con la ley 869.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro