include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0571/2003
Fecha: 2009-03-18
Carátula: MENDEZ ALEJANDRO ROBERTO C/ FERRARI CARLOS ISIDORO S/ PREPARA VIA EJECUTIVA - EJECUTIVO
Descripción: AVOCAMIENTO-TRABA Y REINSCRIBE EMBARGO
EXPTE. Nº : 0571/2003.-
CARATULA: "MENDEZ ALEJANDRO ROBERTO C/ FERRARI CARLOS ISIDORO S/ PREPARA VIA EJECUTIVA - EJECUTIVO".-
VIEDMA, marzo de 2009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Atento lo peticionado al punto a) y teniendo en cuenta lo que surge de fs. 51, trábase embargo sobre el 50 % indiviso del inmueble Nomenclatura C 15, Sec. 89, Mza. 75, parcela 3, matrícula FR-15-45259, por la suma de $ 295.765 en concepto de capital de sentencia, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 212.000 presupuestada para responder a intereses, costas y costos de la ejecución, siempre y cuando se encuentre a nombre del demandado Carlos Isidoro Ferrari. A tal fin, líbrese oficio Ley 22.172 al Registro de la Propiedad Inmueble de la ciudad de Buenos Aires.-
Conforme lo solicitado al punto b), procédase a la reinscripción del embargo anotado sobre el inmueble identificado con Nomenclatura XII, parcela 2952s, subparcela 168, polígono 00-168, del Partido de Escobar (118), designación según plano 118-149-71, matrícula n° 2/168, por las sumas consignadas precedentemente, librándose a sus efectos oficio Ley 22.172 al Registro de la Propiedad Inmueble de la Pcia. de Buenos Aires. Tiénese presente las personas facultadas para el diligenciamiento.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro