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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 31382IV
Fecha: 2009-03-18
Carátula: VILLANOVA HOGAR c/SPAT Maximiliano H. y O. S/ Ordinario
Descripción: se ordena embargo.-
//neral Roca,18 de Marzo de 2009.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrense oficios al Banco Patagonia SA y Banco Galicia de la ciudad de General Roca, haciendose efecitiva la medida por la suma de $ 31.127,62 en concepto de capital con más la de $ 12.000 calculados para intereses y costas- debiendose abstener en caso de tratarse de cuenta sueldos.-
Los fondos embargados deberán ser transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifíquese a la demandada el embargo precedentemente ordenado.-
Hago saber al presentante que de hacerse efectivo el embargo en algunas de la instituiciones bancarias menciodas, deberá abstenerse de la presentación de los oficios ordenados y retirados en las restantes.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro