Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 31382IV

N° Receptoría:

Fecha: 2009-03-18

Carátula: VILLANOVA HOGAR c/SPAT Maximiliano H. y O. S/ Ordinario

Descripción: se ordena embargo.-

//neral Roca,18 de Marzo de 2009.-

Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrense oficios al Banco Patagonia SA y Banco Galicia de la ciudad de General Roca, haciendose efecitiva la medida por la suma de $ 31.127,62 en concepto de capital con más la de $ 12.000 calculados para intereses y costas- debiendose abstener en caso de tratarse de cuenta sueldos.-

Los fondos embargados deberán ser transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifíquese a la demandada el embargo precedentemente ordenado.-

Hago saber al presentante que de hacerse efectivo el embargo en algunas de la instituiciones bancarias menciodas, deberá abstenerse de la presentación de los oficios ordenados y retirados en las restantes.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro