Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38914

N° Receptoría:

Fecha: 2009-03-18

Carátula: MORA Ana María y HERRERA José Osvaldo c/BARAZUTTI Damian S/ Ordinario

Descripción: proveido.-Vta Despacho Control.-

//neral Roca, 18 de MARZO de 2009.-

Proveyendo el escrito de fs. 74/75: Agréguese.-

Proveyendo el escrito de fs. 76/8, téngase por justificada la inasistencia de los actores de acuerdo a lo expuesto en la audiencia de fs.70.-

Proveyendo el escrito de fs. 79, hágase entrega a la parte actora de la documentaciòn original depositad en caja fuerte a los fines de diligenciar la prueba informativa.-

Proveyendo el escrito de fs. 80, téngase presente la aceptación del cargo.-

Fíjo la suma de $ 300 en concepto de anticipo para gastos la que deberá ser depositada dentro del término de CINCO DIAS, todo ello bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 463 del CPC.-NOT.-

Suspéndase el plazo de presentación del dictamen pericial hasta tanto se encuentre a disposición de la perito el anticipo para gastos fijados precedentemente.-

Proveyendo el escrito de fs. 81/2, agréguese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro