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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0666/2008
Fecha: 2009-03-16
Carátula: MANTEROLA NORMA ANGELICA S/ SUCESION
Descripción: no acumula
EXPTE. N° 0666/2008
CARATULA: MANTEROLA NORMA ANGELICA S/ SUCESION
Viedma, marzo de 2009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
Toda vez que ambas sucesiones tramitan en forma independiente y no advirtiéndose razones suficientes que ameriten la acumulación, ello teniendo en cuenta además el estado de ambos sucesorios, a lo solicitado, no ha lugar.-
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Poder Judicial de Río Negro