Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00135-013-03

N° Receptoría:

Fecha: 2009-03-16

Carátula: C.E.B. / E.P.R.E. S/ RECURSO DIRECTO

Descripción: ARCHIVO-Certificación. Con y sin conformidad

Expediente Nro.00135-013-03

/// CERTIFICO: que el día 21/9/08, se libraron cédulas a: Colegio de Abogados, Caja Forense y D.G.R, habiéndose notificado los mismos el día 22/9/09 del siguiente texto: "....disponiendo que oportunamente se archiven estos actuados, previa vista a Caja Forense, Colegio de Abogados y DGR", asimismo a fs. 293 se libró cédula a la DGR, habiéndose notificado la misma el 18/2/09, del siguiente texto: "Atento al tiempo transcurrido desde la liquidación de fs. 277 y lo resuelto a fs. 284/286 córrase nueva vista a la DGR por el término de cinco días bajo apercibimiento de proseguir el trámite en caso de silencio" a lo cual la Caja Forense prestó conformidad a fs. 270vta., el Colegio de Abogados no realizaó las notificaciones dispuestas y la DGR no contestó la vista conferida.

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 16 de marzo de 2009

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 16 de marzo de 2009

VISTO, la certificación que antecede, remítanse los presentes al archivo oportunamente.

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Poder Judicial de Río Negro