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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37562
Fecha: 2009-03-12
Carátula: TARJETA AUTOMATICA S.A. c/SOTO Martin Emanuel S/ Ejecutivo
Descripción: se ordenan oficios.-
//neral Roca, 12 de Marzo de 2009.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrense oficios a las instituciones bancarias mencionadas todas ellas sucursal General Roca, haciendose efectiva la medida por la suma de $ 1.441,70 en concepto de capital con más la de $ 500 calculados para intereses y costas- debiendose abstener en caso de tratarse de cuenta sueldos.-
Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-
Los fondos embargados deberán ser transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Hago saber al presentante que de hacerse efectivo el embargo en algunas de las instituciones bancarias, deberá abstenerse de la presentación de los oficios ordenados en las restantes.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro