include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38688
Fecha: 2009-03-12
Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA c/ BATALLA Miguel Eduardo S/ Ejecutivo
Descripción: SE ORDENA CEDULA A CORDOBA.-
//neral Roca, 12 de Marzo de 2009.-
Al punto II, atento el domicilio informado a fs.37 y a los fines de notificar al demandado Sr. MIGUEL EDUARDO BATALLA la sentencia monitoria dictada a fs.7 líbrese cédula directa en los términos de la Ley 22172, modificándose el plazo para oponer excepciones indicado en la mencionada foja el que será de DIECISEIS DIAS -en razón de la distancia.-
Al punto II, téngase presente las personas facultadas para su diligenciamiento.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro