Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1402/98/5

N° Receptoría:

Fecha: 2009-03-11

Carátula: BARRERA CARMEN C/ CARRIQUEO BERNARDINO MARCELINO S/ ALIMENTOS

Descripción: requerir conform

EXPTE. Nº 1402/98/5.-

CARATULA: BARRERA CARMEN C/ CARRIQUEO BERNARDINO MARCELINO S/ ALIMENTOS.-

Viedma, marzo de 2.009.-

Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-

Toda vez que de lo manifestado en el escrito a despacho se infiere la solicitud del cése de la cuota alimentaria previo a todo deberá requerirse la conformidad de la contraria.-

Rosana Calvetti

Juez

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