include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0458/93/5
Fecha: 2009-03-11
Carátula: BANCO DEL SUD S.A. C/ ALBAITERO EDUARDO DANIEL Y OTRA S/ EJECUCION HIPOTECARIA
Descripción: EMB. SUELDO
EXPTE. No.: 0458/93/5
CARATULA:BANCO DEL SUD S.A. C/ ALBAITERO EDUARDO DANIEL Y OTRA S/ EJECUCION HIPOTECARIA
Viedma, marzo de 2009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado sr. Eduardo Daniel Albaitero (CUIT 30-50001091) como empleado del Banco de la Nación Argentina hasta cubrir la suma de $ 48.212,12 en concepto de liquidación aprobada, descontado el pago efectuado (fs. 275), incluidos los honorarios, con más la suma de $ 99.600 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-
En su mérito desparalícense las actuaciones.-
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro