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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0138/2003
Fecha: 2009-03-10
Carátula: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ CAFRE MIGUEL ANTONIO S/ APREMIO
Descripción: EMBARGO AUTOMOTOR
EXPTE. Nº : 0138/2003.-
CARATULA: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ CAFRE MIGUEL ANTONIO S/ APREMIO.-
Viedma, marzo de 2.009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
Atento lo que surge de las constancias obrantes en la causa, a la reinscripción solicitada, no ha lugar.-
En consecuencia, teniendo en cuenta lo manifestado y el estado de las presentes actuaciones, trábese embargo sobre el automotor dominio AAT - 417, hasta cubrir las sumas de $ 2.196,83 en concepto de capital de sentencia, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 2.660 que se presupuesta provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio, siempre y cuando se encuentre inscripto a nombre del demandado, sr. Miguel Antonio Cafre. A tal fin, líbrese oficio al Registro de la Propiedad del Automotor de esta ciudad.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro