Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39151

N° Receptoría:

Fecha: 2009-03-10

Carátula: MOZZONI José Luis c/GARCIA Alfredo Braulio y Otro S/ Ejecución de Honorarios

Descripción: Sentencia 508

//neral Roca, 10 de marzo de 2009.-s

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en estos autos caratulados "MOZZONI José Luis c/GARCIA Alfredo Braulio y Otro S/ Ejecución de Honorarios" (Expte. 39151) la ejecución iniciada a fs. 15.-

CONSIDERANDO: a) Que el título es ejecutivo (arts. 499, 500 y 508 del CPC), y

b) Que el demandado no opuso excepción en término.-

c)En virtud de las constancias de fs. 20 y 23 y la dación en pago de fs. 27,

Por ello,

RESUELVO: Mandando llevar adelante la ejecución contra ALFREDO BRAULIO GARCIA y JAVIER SACKS, y por la suma de $ 800,00, con más sus intereses, costos y costas de la ejecución, con más sus intereses y costas.-

Atento lo peticionado y constancias de autos, regulo los honorarios de la Dra. Bárbara Sanchez Pulgar en la suma de $.50.- , los de Luis Ancalao Pulgar en $ 50.- Y los del Dr. Juan Rodrigo Romera Bueno en $ 50.- ..............-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro