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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0261/2006
Fecha: 2009-03-09
Carátula: SCHIAVI LUZ FELISA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: NULIDAD NOTIFICACIÓN
EXPTE Nº 0261/2006
CARATULA: SCHIAVI LUZ FELISA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Viedma, marzo de 2.009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
Agréguese la cédula recibida.-
Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta que conforme surge de la cédula que se agrega no ha sido efectuada en el domicilio constituido de la ejecutada y toda vez que la providencia de fs. 365 debe notificarse con arreglo a las disposiciones del art. 135 inc.10) del C.Pr., ello a los fines que la citada pueda ejercer en debida forma su defensa, de conformidad con lo establecido en el art. 149 del C.Pr. corresponde decretar la nulidad de la notificación, debiendo practicarse una nueva en debida forma.-
s.b.s.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro