Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0330/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2005-10-07

Carátula: EZCURRA SIXTA C/ ORLANDO SILVANA ROSA Y OTRO S/ PREPARA VIA EJECUTIVA

Descripción: PROVIDENCIA

EXPTE. Nº 0330/2005

CARATULA: EZCURRA SIXTA C/ ORLANDO SILVANA ROSA Y OTRO S/ PREPARA VIA EJECUTIVA

Viedma, octubre de 2005.-

Tiénese presente las razones expuestas.-

Atento el estado de autos, teniendo en cuenta lo manifestado por la perito y toda vez que los fundamentos esgrimidos en la recusación formulada a fs. 22 no encuadran en las disposiciones contenidas en el art. 17, inc. 9 del C.Pr. (conf. art. 466 C.Pr), amén de señalar la extemporaneidad del planteo, recházase la misma, debiendo en consecuencia seguir en el cargo la perito recusada. Notifíquese.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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