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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0330/2005
Fecha: 2005-10-07
Carátula: EZCURRA SIXTA C/ ORLANDO SILVANA ROSA Y OTRO S/ PREPARA VIA EJECUTIVA
Descripción: PROVIDENCIA
EXPTE. Nº 0330/2005
CARATULA: EZCURRA SIXTA C/ ORLANDO SILVANA ROSA Y OTRO S/ PREPARA VIA EJECUTIVA
Viedma, octubre de 2005.-
Tiénese presente las razones expuestas.-
Atento el estado de autos, teniendo en cuenta lo manifestado por la perito y toda vez que los fundamentos esgrimidos en la recusación formulada a fs. 22 no encuadran en las disposiciones contenidas en el art. 17, inc. 9 del C.Pr. (conf. art. 466 C.Pr), amén de señalar la extemporaneidad del planteo, recházase la misma, debiendo en consecuencia seguir en el cargo la perito recusada. Notifíquese.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro