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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38875
Fecha: 2009-03-09
Carátula: TEMPONE Graciela c/BARBISAN Fabio Luis S/ Ejecución de Honorarios
Descripción: a cheque.-
//neral Roca, 09 de Marzo de 2009.-
Al punto 1, téngase presente la conformidad prestada por el letrado del demandado con la regulación de honorarios efectuada a fs.35.-
Atento el estado de autos, líbrese cheque a la orden del Dr.HERNAN MONES por la suma de $ 150 en concepto de: honorarios regulados a fs. 35.-
Atento el estado de autos, procédase al levantamiento del embargo oportunamente trabado en autos a cuyo efecto y para su toma de razón,líbrese oficio a la empleadora JUGOS SA con asiento en la ciudad de Villa Regina.-
Al punto 2, téngase presente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En la fecha se libró cheque No CONSTE.-
El /03/09 el Dr.Mones retira cheque.CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro