Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36711

N° Receptoría:

Fecha: 2009-03-06

Carátula: CREDIL S.R.L. c/AGUILAR Jorge Daniel S/ Ejecutivo

Descripción: REGULACION X ACRECIDOS.-

//neral Roca, 06 de Marzo de 2009.-

Agréguese el informe de saldo adjuntado.-

Téngase presente la caución personal ofrecida y conformidad prestada en el Otrosi digo por el Apodeado de Caja Forense.-

Atento el estado de autos y el retiro de fondos ordenado a fs. 124 en concepto de saldo de liquidación aprobada a fs. 110, a lo solicitado no ha lugar.-

Atento el estado de autos, regulo los honorarios profesionales de la Dra.MARCELA ADRIANA SAITTA -por acrecidos- en la suma de $ 100.- MB. $ 1228,74 -extracciones realizadas en autos-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomdao en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla. (arts,6, 6 bis, 7, 8 y 40 Ley 2212 RN).-

Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro