Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35565

N° Receptoría:

Fecha: 2009-03-05

Carátula: CREDIL S.R.L. c/MOLINA Diego A. S/ Ejecutivo

Descripción: proveido.-

//neral Roca, 05 de Marzo de 2009.-

En atención a lo peticionado y estado de autos, procédase al levantamiento del embargo de sueldos de la demandada, a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese oficio a la empleadora.-

Al archivo solicitado, oportunamente y estése al oficio ordenado precedentemente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro