Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35697

N° Receptoría:

Fecha: 2009-03-04

Carátula: HSBC ARGENTINA S.A. c/CAYUN Paulina E. S/ Ejecutivo

Descripción: se aprueba liq.Préstamo Dr. Saint Martin.-

//neral Roca, 04 de Marzo de 2009.-

Al punto I, encontrandose vencido el traslado conferido a fs.110, aprúebase en cuanto ha lugar por derecho la planilla de liquidación practicada a fs.108/9 por la suma de $ 526,74 al 13/02/2009.-

Atento el estado de autos, regulo los honorarios profesionales por acrecidos de los Dres. Alejandro David Cataldi en $ 36, Sergio Mario Barotto en $ 45, Federico Raffo Benegas en $ 45 y Dr.Eduardo Saint Martín en la suma de $ 90 MB:$ 3.207,00 ($ 2680,26 extracciones realizadas en autos más saldo de planilla de liquidación aprobada precedentemente ($ 526,74).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a travvés de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7, 8 y 40 Ley 2212 RN).-

Notifíquese a los interesados, a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

Al punto II, líbrese nuevo oficio a la empleadora a fín de que prosiga con el descuento de haberes de la accionada en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 742,74 ($ 526,74 saldo de planilla aprobada precedentemente más $ 216 honorarios por acrecidos regulados al Dres. ALEJANDRO DAVID CATALDI, SERGIO MARIO BAROTTO, FEDERICO RAFFO BENEGAS Y EDUARDO SAINT MARTIN) con más la suma de $ 300 calculados para intereses y costas.-

Los fondos embargados deberán ser depositados en el Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifíquese a la demandada el embargo precedentemente ordenado.-

Al punto III, concédese el préstamo de las presentes actuaciones por el término de DOS DIAS.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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