Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 34070IV

N° Receptoría:

Fecha: 2005-10-07

Carátula: ACCASTELLO Juan José en PEHUENIA SA S/Cons.Preventivo S/ Ejecución de Honorarios

Descripción: EMBARGOS

//neral Roca, 07 de OCTUBRE de 2005._

Líbrese oficio al Juzgado Civil N° 9 a fin de que traben embargo sobre los importes a percibir por PEHUENIA SA en los autos mencionados hasta cubrir las sumas de $ 1.000.- en concepto de capital con más la de $ 400.- calculados para intereses y costas. Dichos montos deberán ser transferidos en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal en el Banco Patagonia SA. Oportunamente notifiquese al demandado el embargo ordenado.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro