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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34070IV
Fecha: 2005-10-07
Carátula: ACCASTELLO Juan José en PEHUENIA SA S/Cons.Preventivo S/ Ejecución de Honorarios
Descripción: EMBARGOS
//neral Roca, 07 de OCTUBRE de 2005._
Líbrese oficio al Juzgado Civil N° 9 a fin de que traben embargo sobre los importes a percibir por PEHUENIA SA en los autos mencionados hasta cubrir las sumas de $ 1.000.- en concepto de capital con más la de $ 400.- calculados para intereses y costas. Dichos montos deberán ser transferidos en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal en el Banco Patagonia SA. Oportunamente notifiquese al demandado el embargo ordenado.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro