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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39099
Fecha: 2009-02-27
Carátula: VALLE Norberto José S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: Certifica-Traslado
CERTIFICO: que teniendo a la vista los autos "GELONCH MARIA ELENA y GELONCH GLORIA RAQUEL S/SUCESION" (Expte. 38.639-III-08) de trámite por ante éste Juzgado Civil Nº 3, a fs. 89/90 con fecha 20-03-06 obra declaratoria de herederos declarando que por fallecimiento de MARIA ELENA GELONCH le sucede en el carácter de único y universal heredero su hijo Carlos Hugo Gonzalía Gelonch. Por fallecimiento de GLORIA RAQUEL GELONCH le suceden en el carácter de únicos y universales herederos su hermana Carmen Alicia Gelonch Bonilla y por representación de su abuela premuerta María Elena Gelonch, sus sobrinos nietos Carlos José y María de los Angeles Gonzalía y Comelli
General Roca, 27 de Febrero de 2009.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
//neral Roca, 27de FEBRERO de 2009.=
Acompáñese copias para traslado.
FECHO, atento el estado de autos, por promovido beneficio de litigar sin gastos.-
Cítese a los futuros demandados y a la Dirección General de Rentas de esta Provincia, a los fines previstos por el art. 80 del C.P.C., Notifíquese con copias de la presentación y de las declaraciones de los testigos a cuyo efecto líbrense cédulas.-
Líbrense oficios a los Registros de la Propiedad Inmueble y Automotor a los fines solicitados.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicacion de sus datos personales ( conf. Acord. 112/03 del STJ).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro