Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39099

N° Receptoría:

Fecha: 2009-02-27

Carátula: VALLE Norberto José S/ Beneficio de Litigar sin Gastos

Descripción: Certifica-Traslado

CERTIFICO: que teniendo a la vista los autos "GELONCH MARIA ELENA y GELONCH GLORIA RAQUEL S/SUCESION" (Expte. 38.639-III-08) de trámite por ante éste Juzgado Civil Nº 3, a fs. 89/90 con fecha 20-03-06 obra declaratoria de herederos declarando que por fallecimiento de MARIA ELENA GELONCH le sucede en el carácter de único y universal heredero su hijo Carlos Hugo Gonzalía Gelonch. Por fallecimiento de GLORIA RAQUEL GELONCH le suceden en el carácter de únicos y universales herederos su hermana Carmen Alicia Gelonch Bonilla y por representación de su abuela premuerta María Elena Gelonch, sus sobrinos nietos Carlos José y María de los Angeles Gonzalía y Comelli

General Roca, 27 de Febrero de 2009.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, 27de FEBRERO de 2009.=

Acompáñese copias para traslado.

FECHO, atento el estado de autos, por promovido beneficio de litigar sin gastos.-

Cítese a los futuros demandados y a la Dirección General de Rentas de esta Provincia, a los fines previstos por el art. 80 del C.P.C., Notifíquese con copias de la presentación y de las declaraciones de los testigos a cuyo efecto líbrense cédulas.-

Líbrense oficios a los Registros de la Propiedad Inmueble y Automotor a los fines solicitados.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicacion de sus datos personales ( conf. Acord. 112/03 del STJ).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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