include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38412
Fecha: 2009-02-26
Carátula: VAI Maria Malena c/MARTIN Josefa Asunción y Otros S/ Ordinario
Descripción: Provid.Nuevo perito
//neral Roca, 26 de FEBRERO de 2009.=
Proveyendo el escrito de fs. 253, agréguese.
Proveyendo el escrito de fs. 254, al punto I, téngase presente y atento las constancias de fs. 245, remuévase del cargo al perito Néstor Andrada y en su reemplazo, en las mismas condiciones desígnase a Sergio Romero con domciilio en Buenos Aires 1564, quien deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado y expedirse sobre los puntos de pericia, en el plazo quince días, bajo apercibimiento de remoción. NOT.
Al punto II, siendo el perito un tercero ajeno al proceso, no puede ser obligado a soportar los costos del mismo, por la obtención del beneficio de litigar sin gastos que obtuviera el actor, en razón de ello estése a lo ordenado a fs. 251.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro