Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39077

N° Receptoría:

Fecha: 2009-02-26

Carátula: ANRIQUE Jorge Alejandro c/MOCCIOLA Duilio Miguel S/ Desalojo (Art. 679 CPC)

Descripción: Acta Preliminar (SUMARISIMO)

Autos: "ANRIQUE Jorge Alejandro c/MOCCIOLA Duilio Miguel S/ Desalojo (Art. 679 CPC)" (Expte. Nro. 39077)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 26 de febrero de 2009, a las 9 horas, comparecen ante S.S. a la audiencia prevista para el día de la fecha, el señor JORGE ALEJANDRO ANRIQUE con la asistencia del Dr. Hernán Mones como apoderado, y el Sr. DUILIO MIGUEL MOCCIOLA con la asistencia de su letrado patrocinante Dr. Damián Leonard. Abierto el acto, las partes manifiestan sus posturas que en definitiva podrìa llegar a concluirse tanto con este proceso como con la ejecución de alquileres, sin embargo al no ponerse de acuerdo en esta instancia sobre el monto que permitiría la finalización del proceso de este modo se acuerda unicamente la entrega del inmueble dejando subsistente el monto aludido más las costas del proceso. A esos fines el sr. Mocciola manifiesta que está en condiciones de entregar el inmueble al sr. Anrique en forma inmediata y para coordinar la misma se fija el dìa de mañana 27 de febrero lo que se hará mediante un acta de constatación confeccionada por el juez de paz de Chichinales. En el caso de que el sr. Mocciola no pueda obtener las llaves del sr. Rios, contratará un cerrajero para llevar a cabo la diligencia. Los demás temas quedan pendientes par que las partes puedan merituar las ofertas y propuestas para culminar ambos procesos o en forma independiente desalojo y ejecución.Para el caso que no lleguen a un acuerdo cualquiera de las partes está en condiciones de peticionar que sigan los autos según su estado y efectúen las peticiones pertinentes.

No siendo para más se da por terminado el acto, entregando copia a los presentes, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro