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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0074/2009
Fecha: 2009-02-25
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ TOLEDO CARLOS DARIO S/ DESALOJO
Descripción: INICIA DESALOJO LA PROVINCIA (ART. 5TO. LEY 2.629)
EXPTE. Nº : 0074/2009.-
CARATULA: "PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ TOLEDO CARLOS DARIO S/ DESALOJO".-
Viedma, febrero de 2009.-
Por presentada, parte en el carácter que invoca y por constituído el domicilio. Agréguese el expediente administrativo acompañado.-
Por promovida demanda de desalojo, córrase traslado al demandado por el término de cinco (5) días para que dentro de dicho plazo produzca su descargo (art. 5to. Ley 2.629). Notifíquese por cédula en el domicilio del inmueble en cuestión, quedando el Sr. Oficial de Justicia interviniente facultado para requerir el auxilio de la fuerza pública y allanar domicilio, debiendo identificar a todos los ocupantes del inmueble e informar el carácter que invoquen los mismos, comunicándoles que la resolución que se dicte producirá efecto contra ellos. Tiénese presente las personas facultadas para su diligenciamiento.-
e.z
Fermín Donate
Juez Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro