Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0152/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2009-02-23

Carátula: FIERRO MARIA ELENA C/ NORVAL ANDRES JACOBO S/ EJECUTIVO

Descripción: DEBE OFICIAR AL BANCO PATAGONIA

EXPTE. Nº : 0152/2007.-

CARATULA: FIERRO MARIA ELENA C/ NORVAL ANDRES JACOBO S/ EJECUTIVO.-

Viedma, febrero de 2009.-

Agréguese.-

Teniendo en cuenta que de las constancias de autos, surge que la empleadora del demandado ha dado total cumplimiento con el embargo decretado en autos, a lo solicitado no ha lugar.-

Toda vez que del estado de cuenta obrante a fs. 27 surge un saldo de $ 50 y que del saldo bancario acompañado no surge la existencia de saldo, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a los fines de que proceda a ratificar o rectificar dicho estado de cuenta, en su caso, proceda a informar las fechas y montos de los depósitos y extracciones realizadas en la cuenta de autos desde la apertura de la misma.-

a.p.

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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Poder Judicial de Río Negro