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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0152/2007
Fecha: 2009-02-23
Carátula: FIERRO MARIA ELENA C/ NORVAL ANDRES JACOBO S/ EJECUTIVO
Descripción: DEBE OFICIAR AL BANCO PATAGONIA
EXPTE. Nº : 0152/2007.-
CARATULA: FIERRO MARIA ELENA C/ NORVAL ANDRES JACOBO S/ EJECUTIVO.-
Viedma, febrero de 2009.-
Agréguese.-
Teniendo en cuenta que de las constancias de autos, surge que la empleadora del demandado ha dado total cumplimiento con el embargo decretado en autos, a lo solicitado no ha lugar.-
Toda vez que del estado de cuenta obrante a fs. 27 surge un saldo de $ 50 y que del saldo bancario acompañado no surge la existencia de saldo, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a los fines de que proceda a ratificar o rectificar dicho estado de cuenta, en su caso, proceda a informar las fechas y montos de los depósitos y extracciones realizadas en la cuenta de autos desde la apertura de la misma.-
a.p.
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro