Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38033

N° Receptoría:

Fecha: 2009-02-23

Carátula: GRANDOTTO Claudio Armando c/BBVA BANCO FRANCES S.A. S/ Ordinario (Ex 345-I-06)

Descripción: clausura periodo probatorio.-

//neral Roca, 23 de Febrero de 2009.-

Certifique la Actuaria.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sra.Juez:

CERTFICICO: Que el término de producción de prueba se encuentra vencido, habiendose realizado la totalidad de la oportunamente ofrecida por las partes.-

SECRETARIA, 23 DE FEBRERO DE 2009.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, 23de FEBRERO de 2009.-

Atento la certificación que antecede, clausúrase el período probatorio.-NOT.-

FIRME LA PRESENTE, póngase los autos en Secretraria para que las partes aleguen por su orden.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro