Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39289

N° Receptoría:

Fecha: 2009-02-18

Carátula: RODRIGUEZ Adolfo S/ Amparo (Salud Pública RN)

Descripción: acta y providencia, oficios

En la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, siendo las 11.20 hs. del dia 18 de febrero de 2009, comparece ante mi Secretaria Autorizante la Sra. MIRTA BARBOSA, D.N.I. nº 5.750.635, que exhibe en el acto, argentina, casada, ama de casa, con domicilio real en Barrio Mansilla, Entrada 7 Dt. H de Choele Choel, quien manifiesta que viene a presentar recurso de amparo contra SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO en razón que su esposo, el Sr. ADOLFO RODRIGUEZ, de 57 años de edad, sufre una enfermedad oncológica, por lo que desde hace 35 días esta internado en el Hospital de General Roca, a la espera de una intervención quirúrgica, de duodeno y parte de pancreas, que tiene un tumor en vias biliares, que tiene el PROGRAMA FEDERAL DE SALUD, y por ello fue derivado del Hospital de Choele Choel, para una intervención qurirúgica de vescicula, pero a raíz de los estudios que le hicieron preoperatorios surgió la enfermedad oncológica.- Que la cirugia fue demorada por distintos motivos y hoy le comunicaron que no lo pueden operar porque no hay elementos para la oxigenación, que aparentemente lo quieren derivar a Bariloche o Viedma y no puede la familia disponer de tantos traslados, por el costo que ello le ocasiona y la problematica de la distancia del lugar de origen.- Que la última medica tratante es la Dra. Pippo.- Que también se estaba evaluando la posibilidad de un traslado a una clinica local, pero no sabe el motivo de la negativa.- En conclusión peticiona a merito de lo dispuesto por el art. 43 de la constitucion provincial se ordene a SALUD PUBLICA a solucionar la problematica que se le presenta al paciente en razón que se esta poniendo en serio riesgo su salud, por las demoras provocadas por el mal servicio de salud.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firma la compareciente por ante mi de lo que doy fe.-

General Roca, 18 de febrero de 2009.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Atento las caracteristicas procesales de la acción de amparo previstas por la Constitución Provincial, que determina su resolución con un previo pedido de informes al organismo que supuestamente afecta los derechos de la parte actora, considero que el presente reclamo debe tramitar bajo dichas pautas procesales.-

En consecuencia, conforme lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial, requiérase a la Sra. Directora del Hospital Zonal de General Roca, un amplio informe sobre la cuestión planteada por la amparista, el que deberá ser contestado en el plazo perentorio de CUARENTA Y OCHO HORAS ( 48 HS.) asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantias de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza al instituto.-

En consecuencia librese oficio con adjunción de copia del acta y documentación.-

Notifiquese por cédula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias de la demanda.- CUMPLASE POR SECRETARIA.-

Además del amplio informe requerido deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto.

1.- Si el paciente Adolfo Rodriguez, afiliado a PROFE, esta internado en dicho organismo por una enfermedad oncologica.-

2.- Fecha desde la cual se encuentra internado y motivo por lo cual la intervención quirúrgica no fue llevada a cabo hasta la fecha.-

3.- Si se ha tramitado alguna derivación a un centro de atención ya sea público de otra ciudad o privado de esta ciudad de General Roca.-

4.- En caso afirmativo, situación del trámite del traslado y de fondos necesarios para la atención del enfermo y su acompañante.-

Asimismo librese oficio a la Dra. Pippo a fin de que informe:

1.- Situación del enfermo Adolfo Rodriguez, diagnóstico y tratamiento programado.-

2.- Motivo por el cual el mismo no fue intervenido quirúrgicamente a pesar de llevar 35 días internado por dicho motivo.-

3.- Si se ha tramitado su derivación a otro centro asistencial, ya sea público o privado.-

El oficio deberá ser requerido con transcripción y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

General Roca, 18 de febrero de 2009.-

Sres.

DIRECTOR DEL HOSPITAL DE

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados " RODRIGUEZ ADOLFO s/ AMPARO " (Expte. Nº 39.289-III-09) que tramitan por ante el Juzgado Civil TRES de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de Rio Negro, a cargo de la Dra. Susana Burgos, Secretaria Unica a mi cargo a fin de que informe en el termino de 48 hs. y en los terminos del art. 43 de la Constitución Provincial, un amplio informe sobre la situación y antecedentes que obren en dicho nosocomio del Sr. Adolfo Rodriguez, DNI Nº 8.430.111 debiendo asimismo responder a los siguientes requerimientos en concreto.

1.- Si el paciente Adolfo Rodriguez, afiliado a PROFE, esta internado en dicho organismo por una enfermedad oncologica.-

2.- Fecha desde la cual se encuentra internado y motivo por lo cual la intervención quirúrgica no fue llevada a cabo hasta la fecha.-

3.- Si se ha tramitado alguna derivación a un centro de atención ya sea público de otra ciudad o privado de esta ciudad de General Roca.-

4.- En caso afirmativo, situación del trámite del traslado y de fondos necesarios para la atención del enfermo y su acompañante.-

Este requerimiento deberá ser contestado en el termino de 48 hs. de su recepción.-

Sin otro particular le saludo atentamente.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 18 de febrero de 2009.-

Medica Tratante

Dra. Pippo

PRESENTE

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados " RODRIGUEZ ADOLFO s/ AMPARO " (Expte. Nº 39.289-III-09) que tramitan por ante el Juzgado Civil TRES de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de Rio Negro, a cargo de la Dra. Susana Burgos, Secretaria Unica a mi cargo, a fin de que informe en el termino de 48 hs. y en los terminos del art. 43 de la Constitución Provincial, 1.- Situacion del enfermo Adolfo Rodriguez, diagnostico y tratamiento programado.- 2.- Motivo por el cual el mismo no fue intervenido quirurgicamente a pesar de llevar 35 días internado por dicho motivo.- 3.- Si se ha tramitado su derivación a otro centro asistencial, ya sea publico o privado.-

Este requerimiento deberá ser contestado en el termino de 48 hs. de su recepción.-

Sin otro particular le saludo atentamente.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro