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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38271
Fecha: 2009-02-18
Carátula: ALFREDO IGNACIO CORRAL S.A. c/OCHOA Ivan Natalio S/ Ejecutivo
Descripción: se aprueba liquidacion.-
//neral Roca, 18 de Febrero de 2009.-
Proveyendo el escrito de fs.110, al punto I, encontrándose vencido el traslado conferido a fs.105, aprúebase en cuanto ha lugar por derecho la planilla de liquidación practicada a fs.104 por la suma de $ 11.332,33 al 24/11/2008.-
Al punto II, agréguese los aportes de Caja Forense adjuntados y comprobantes No 11667504 emitido por la Dirección General de Rentas en concepto de deudas por atentes anteriores a la subasta.-
A la transferencia solicitada, oportunamente.-
Al punto III, atento el estado de autos y previo al libramiento del cheque solicitado, INTIMESE al acreedor prendario, para que manifieste en el término de DIEZ DIAS si ejercerá el derecho que le otorga la prenda, todo ello bajo apercibimiento de disponer las sumas obtenidas en la subasta en favor del ejecutante. NOTIFIQUESE a cuyo fín líbrese cédula directa en los términos de la Ley 22172.-
AL OTROSI DIGO: Téngase presente la conformidad prestada por el Apoderado de Caja Forense con los aportes y el retiro de fondos solicitados para su oportunidad.-
Al OTROSI DIGO: Téngase presente la conformidad prestada por Rentas para su oportunidad.-
Proveyendo el escrito de fs.111, atento el estado de autos, líbrese oficio al REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR correspondiente a fin de que proceda a inscribir el vehículo adquirido en subasta DOMINIO DJE 583 MARCA CHEVROLET Modelo CORSA 3 Puertas en favor del comprador SR. RUBEN RIOS DNI 16.236.699, casado en primeras nupcias con la Sra. SILVIA ROSSANNA SAEZ DNI 22.139.972 con domicilio en calle Cardenales No 1.578 de la ciudad de General Roca, haciéndosele saber que deberá asimismo proceder al levantamiento de embargo y cancelación de prenda y demás medidas que pesaren sobre dicho automotor, haciéndosele saber asimismo, que atento haber el comprador adquirido el automotor en subasta, lo ha sido libre de toda deuda por impuestos y patentes, siendo a su cargo las que se generen desde la fecha de aprobación de subasta (5 de Diciembre de 2008 a fs.105) debiéndose inscribir de tal forma por el Registro de la Propiedad Automotor, circunstancia ésta que deberá constar en el oficio a librarse.-
Autorízase al Dr. SERGIO CARLOS D'ARGNILLO a suscribir los formularios correspondientes.-
Al préstamo solicitado, atento el estado de los mismos, no ha lugar.-
Concédese vista de las presentes actuaciones por Mesa de Entrada.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro