Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37006

N° Receptoría:

Fecha: 2005-10-06

Carátula: BANCO PCIA. NEUQUEN S.A. C/HUELLER Ruben y otra S/ Ejecutivo

Descripción: hagase saber.se ordena oficio.-

//neral Roca, 06 de Octubre de 2005.-

Proveyendo el escrito de fs.31, punto I y II: Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio al RPI correspondiente, haciendose efectiva la medida siempre y cuando sean titulares registrales los aquí demandados SRES. RUBEN HUELLER y MARIA ALEJANDRA CARPINTERO y por la suma de $ 10.388,47 en concepto de capital con más 4.100 calculados para intereses y costas.-

Requierase asimimo, condiciones de dominio, gravamen e inhibiciones.-

Oportunamente, notifiquese a los accionados el embargo precedentemente ordenado.-

Proveyendo el escrito de fs. 32, téngase presente y hágase saber el dictamen del Representante Fiscal de la Dirección General de Rentas.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro